de todo un poco como en botica

Grab this Headline Animator

jueves, 29 de mayo de 2008

como compramos voluntades o se gobierna con la chequera

Hace unos años este gobernador pensaba de una manera, y expresaba esto en el congreso, lo bueno es que fue durante el gobierno de Nestor Kirchner ahora puede cambiar su discurso por medio de que manejos del gobierno, el otro dia en el discurso de la mesa chica del PJ dijo que los que quieren no tener retenciones son golpistas y el que era antes????

El Proyecto completo en el que Capitanich pedía eliminar las retenciones
Fue Presentado en el 2003, cuando el ahora gobernador representaba a su provincia como senador en la Cámara Baja. ¿Qué pensaba entonces?

PROYECTO DE LEY -- TEXTO ORIGINAL Senado de la Nación Secretaría Parlamentaria Dirección Publicaciones (S-0075/03) PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados,… Artículo 1° - Establécese un "Programa Quinquenal de Eliminación total de las Retenciones a las Exportaciones Agropecuarias adicionadas a las ya vigentes durante el año 2.002", plazo durante el cual se reducirán a partir del momento en que entre en vigor la presente ley, inclusive: a. cuatro por ciento (4%) anual los derechos adicionados en el año 2.002 a la exportación para consumo de las mercaderías comprendidas en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) que a la fecha de entrada en vigencia de la presente se hallan fijados en el veinte por ciento (20%). b. dos por ciento (2%) anual los derechos adicionados en el año 2.002 a la exportación para consumo de las mercaderías comprendidas en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) que a la fecha de entrada en vigencia de la presente se hallan fijados en el diez por ciento (10%). c. uno por ciento (1%) anual los derechos adicionados en el año 2.002 a la exportación para consumo de las mercaderías comprendidas en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) que a la fecha de entrada en vigencia de la presente se hallan fijados en el cinco por ciento (5%). Art. 2° - El Congreso establece las retenciones y demás tributos, contemplados en la Sección IX "Tributos regidos por la legislación aduanera" de la ley N° 22.415 "Código Aduanero", así como su modificación, no delegados expresamente. Art. 3° - Comuníquese al Poder Ejecutivo. Jorge M. Capitanich.- FUNDAMENTOS Señor Presidente: La ley N° 21.453 de Normas para la exportación de productos agrícolas (B.O.11/XI/76), reemplazando en lo pertinente a la ley de aduanas N° 11.281 (t.o. 1962 con las modificaciones introducidas por la ley N° 19.890), en su actual texto vigente (ley N° 23.036 y decretos N° 2.284/91, 2.488/91, 654/2002 y 1.094/2002), sólo establece que las ventas al exterior de los productos indicados en su planilla anexa -cuya modificación faculta al P.E.N., así como la forma de la registración de tales operaciones y la designación de la autoridad de aplicación-, quedan sujetas: a. a las modalidades y características que establezca el Ministerio de Economía para efectivizar el ingreso de los derechos y demás tributos vigentes que gravaren la actividad. b. a los regímenes -que graven ó beneficien- vigentes a los fines de las liquidaciones respectivas. c. al tipo de cambio que informen el B.N.A. y el B.C.R.A. d. a las normas del B.C.R.A. para el ingreso de divisas y su negociación. e. a determinadas multas -que serán destinadas a rentas generales- y otras sanciones que reglamentariamente se establezcan. Es considerando: A.- la ley N° 25.561, que en su artículo 1° declaró la emergencia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria -aun cuando sólo en su artículo 6°, donde establece que el P.E.N. dispondrá medidas para disminuirle impacto de la modificación del tipo de cambio, el cuarto párrafo hace referencia únicamente al derecho de exportación de los hidrocarburos limitando el piso del valor para el cálculo y pago de regalías a las provincia productoras-, y B. la ley N° 22.415 de Código Aduanero, cuyo artículo 755 en el inciso a) de su apartado 1 en las condiciones de ese código y de las leyes aplicables el P.E.N. puede gravar con derecho de exportación para consumo -aun cuando sólo refiere a la mercadería que no estuviere gravada con este tributo y es el inciso c) el que le autoriza a modificar el establecido- y en el inciso d) de su apartado 2, salvo que lo dispusieran leyes especiales, las facultades del apartado 1 únicamente podrán ejercerse con el objeto de cumplir algunas finalidades como, entre otras, la de estabilizar los precios internos a niveles convenientes o mantener el volumen de ofertas adecuado a las necesidades de abastecimiento del mercado interno, que: 1. por resolución N° 11 del 4/III/2002 el Ministerio de Economía e Infraestructura resolvió adicionar a los ya vigentes sendos derechos de exportación del 10% a las mercaderías para consumo detalladas en su anexo y del 5% para las no consignadas en él, estipulando que en caso de alteraciones negativas y de significación de los precios internacionales se considerará la modificación de los derechos establecidos para los sectores afectados, 2. por resolución N° 35 del 5/IV/2002 el Ministerio de Economía dispuso que esa adición sería del 20% para las mercaderías de su anexo -manteniendo las restantes fijadas por su homóloga N° 11-, estipulando que en caso de alteraciones negativas y de significación de los precios internacionales se podrá considerar la modificación de los derechos establecidos para los sectores afectados, y 3. por resolución N° 160 del 5/VII/2002 el Ministerio de Economía modifica las anteriores estableciendo un derecho de exportación diferencial del 5% para los productos orgánicos. Las mencionadas resoluciones además expresan tener en cuenta: a. el fuerte deterioro de los ingresos fiscales acompañado por una creciente demanda de asistencia para los sectores más desprotegidos de nuestro país, b. la necesidad de atenuar el efecto de las modificaciones cambiarias sobre los precios internos de los productos esenciales de la canasta familiar y c. que se considerarán las consecuencias de eventuales alteraciones significativas en los precios internacionales de los productos agrícolas, entendiendo que la modificación de los derechos de exportación será de carácter transitorio en cuanto persistan las actuales condiciones económicas generales. En este último sentido de transitoriedad, relacionado con las condiciones económicas generales, es que -previéndose en las pautas presupuestarias vigentes que habrá un crecimiento del producto bruto interno y en las negociaciones con los organismos internacionales un mayor acceso al crédito por parte del sector público (con el nuevo gobierno), mejorándose así las condiciones fiscales por el incremento tanto de los recursos tributarios cuanto crediticios- se hace posible la programada eliminación de las retenciones adicionadas excepcionalmente al sector agropecuario, a medida que se evidencia la dilución del impacto de la extraordinaria transferencia de ingresos operada por efectos de las modificaciones cambiarias, dejando a aquél en posición de afrontar con mayor libertad las perspectivas propias de su actividad, aportando equitativamente al bien común. Asimismo, en orden a una mayor estabilidad jurídica, es que se reafirma la atribución legislativa de establecer y modificar estos tributos. Por la importancia de esta propuesta para el sector y su gravitación en la dinámica económica y social de las diversas jurisdicciones internas e internacionales que nos atañen, Señor Presidente, solicito a este H. Cuerpo su pronta consideración.
Jorge M. Capitanich


Como cambiamos con el tiempo, esta es la foto que refrenda algunas cosas:

La presidenta Cristina Fernández en su despacho durante la firma del Programa de Asistencia Financiera para la provincia del Chaco. Participaron de la reunión, el ministro de Economía, Carlos Fernández, el gobernador chaqueño Jorge Capitanich y el gobernador bonaerense Daniel Scioli. El programa de ayuda financiera permitirá a la provincia del Chaco realizar distintos emprendimientos y obras públicas.


Apesar de você - Chico Buarque

10 comentarios:

Anónimo dijo...

Appгeciatе thіs pοst. Let me try it
out.

Also visit my ωebsite - juicing for clear skin

Anónimo dijo...

We absolutely love your blog and find the majority
of your post's to be exactly I'm looking for.
can you offer guest writers to write content to suit your needs?
I wouldn't mind publishing a post or elaborating on most of the subjects you write with regards to here. Again, awesome weblog!

my site - Myfriendsnfamily.com

Anónimo dijo...

Please let me know if you're looking for a writer for your site. You have some really great articles and I think I would be a good asset. If you ever want to take some of the load off, I'd absolutely love to write some material for your blog in exchange for a link back to mine.
Please send me an e-mail if interested. Regards!


Here is my site: Cosmetic Dentist Glasgow ()

Anónimo dijo...

I am гeally impresseԁ with your wгiting sκіlls and аlsο wіth the lауout οn your
weblog. Is this a paid theme or ԁid you modify
it yoursеlf? Either way κeep uρ the niсe quаlіty wrіting,
it's rare to see a nice blog like this one nowadays.

Here is my page :: homes for sale el paso []

Anónimo dijo...

Hola! I've been reading your site for some time now and finally got
the bravery to go ahead and give you a shout out from Porter Texas!
Just wanted to say keep up the fantastic work!

my page: Jobs that hire At 16

Anónimo dijo...

Their spells aid in removing curses, in teleporting and in conjuring up drinks and food.
Not to mention that everyone looking for a 'date' is only.

Being able to teleport will save a lot of time on the long run and making food
and drinks whenever one pleases is also a time and money saver.


Also visit my web-site: boom beach cheats

Anónimo dijo...

Greate article. Keep posting such kind of information on your
page. Im really impressed by your site.
Hi there, You have done a fantastic job.
I'll definitely digg it and for my part recommend to my
friends. I'm confident they will be benefited from this site.


My weblog pc tools registry mechanic

Anónimo dijo...

This design is steller! Ƴou definitely know hoow to
қeep a reader entertained. Betweern ƴߋur wit and yoսr videos, I wаs almost moved to start mу own blog
(ѡell, almost...HaHa!) Excellent job. I rеally loved what yoս hhad to say,
and more than that, Һow ʏօu pгesented іt. Too cool!



Feel free tо surf tօ my site; sportsbet

Anónimo dijo...

No matter if some one searches for hiss required thing, so he/she wants to be available that inn detail,
so that thing is maintained ovedr here.

Feel free to surf to my web-site: iron force cheats

Anónimo dijo...

However, users have switched to WindowsVista racing rivals hack operating System
2. Industry racing rivals hack reports culled from various online game for mobile game sector.
Standing in the most popular of mobile phones are not on par with the APIs offered by social networking sites and App Stores contain a bunch
of money for racing rivals hack downloading.
After reading all above-mentioned benefits, you should be played on a new turn. Cognitive abilities can be skipped and
the need to run on mobile.